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ACTUALIDAD- Un breve recorrido por la actualidad de la SFCCE

La SFCCE, tras el convenio de colaboración firmado con la RFHE en fecha 2 de diciembre de 2005 y la adscripción al Registro de Asociaciones Deportivas del Consejo Superior de Deportes por acuerdo de la Comisión Directiva de fecha 22 de diciembre de 2005 la SFCCE desempeña las siguientes funciones administrativas por delegación de la Administración:

.- Establecimiento del Calendario de la Competición
.- Control del Doping
.- Concesión de Licencias deportivas
.- Control jurisdiccional de la competición

La SFCCE, a diferencia de todas la Asociaciones y Federaciones Deportivas con registro deportivo carece de cualquier tipo de ayuda y subsiste única y exclusivamente con el porcentaje del 4% de los premios que pagan las diferentes Sociedades Organizadores por la gestión de los correspondientes servicios que dan cobertura administrativa y legal a la competición y por los ingresos que genera mediante el cobro de las correspondientes tasas.

Hasta 2006 la SFCCE ha pagado primas a propietarios y criadores de caballos nacionales hasta la aprobación de la correspondiente normativa por parte del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, mediante el REAL DECRETO 1200/2005, de 10 de octubre.

La SFCCE no tiene ningún patrimonio económico y además se ve lastrada por una deuda histórica, fruto del incumplimiento de Hipódromo de Madrid S.A porque la SFCCE cedió la gestión tanto del Hipódromo de la Zarzuela en la concesión que ésta tenía como la Quiniela Hípica, a excepción del 13,5%, a cambio de que Sarasola se hiciera cargo de la deuda que tenía la SFCCE y pagase un canon a ésta de 20 millones de pesetas anuales. Este compromiso se incumplió en el primer año y hoy ha revertido a SFCCE, no solo la deuda que esta tenía, sino incrementada por la desidia administrativa y por los propios incumplimientos de Hipódromo de Madrid S.A. con las Administraciones.

El incumplimientos de las contraprestaciones asumidas, unido a la deuda contraída con las diferentes administraciones y en la que se obligó al pago Hipódromo de Madrid S.A, revertió nuevamente de vuelta a la Sociedad de Fomento, por considerar las administraciones responsable final del pago a la SFCCE.


En resumen, el incumplimiento de las contraprestaciones hizo que ahora no sólo se reclame otra vez por las diferentes administraciones (Agencia Tributaria, Ayuntamiento de Madrid y Seguridad Social) unas cantidades sobre las que ya existía acuerdo y obligación de pago con Hipódromo de Madrid S.A, sino que con el paso del tiempo, ante el incumplimiento reiterado de Sarasola con las administraciones desde un primer momento y la falta de acción de la susodicha mercantil, las deudas se hayan incrementado con intereses y recargos que no hubiera correspondido pagar, añadiéndose además ahora por la Administración algunas deudas que, a partir de junio de 1992, año en el que se realizó el traspaso del Hipódromo, correspondían única y exclusivamente pagarlas a Hipódromo de Madrid S.A. Es decir, se reclaman no sólo las deudas que anteriormente tenía contraídas la SFCCE y que existía obligación de pago por parte de Hipódromo de Madrid, sino que la Administración reclama, además, a la Sociedad de Fomento impuestos derivados de la explotación y gestión por parte de Hipódromo de Madrid, S.A. del Hipódromo de la Zarzuela y de la apuesta (Tasas de apuesta, IVA, IRPF, IBI, Impuesto de circulación, Gastos Suntuarios, Seguridad Social, etc.) desde ese año 1992 en el que se firmó el antes referido contrato.

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